La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(Afsca) presidida por Martín Sabbatella
requirió que se declare la "inconstitucionalidad"
de 19 artículos de la norma
y la inmediata suspensión de los efectos de los mismos
"Las libertades de imprenta, prensa y expresión
están cabalmente
tuteladas por la Constitución Nacional
y los tratados internacionales
incorporados a ella y,
en particular, por la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual (LSCA),
cuya eficacia se busca derogar en la
Ciudad de Bs As"
El pedido de la AFSCA se funda en el artículo 31
de Supremacía
Constitucional de la Carta Magna, que establece que
“esta Constitución,
las leyes de la Nación que en su consecuencia
se dicten por el Congreso y
los tratados con las potencias extranjeras
son la ley suprema de la
Nación y las autoridades de cada provincia
están obligadas a conformarse
a ella"
Además, la AFSCA recordó que existen diversos antecedentes
Además, la AFSCA recordó que existen diversos antecedentes
en los que la
propia Corte Suprema ha expresado que
“las cuestiones de comunicación,
son federales
y que ninguna norma local puede regularlas”
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