viernes, 6 de mayo de 2011

Procesados sin domicilio pueden gozar de libertad condicional

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La Justicia determinó que carecer de trabajo estable y vivir en la calle por falta de vivienda no se pueden constituir como únicos argumentos para rechazar la libertad condicional de una personas,
para mantenerla en prisión preventiva

Así lo resolvió la Sala Uno de la Cámara Federal en un fallo que revocó otro de primera instancia, del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, que había denegado la excarcelación a un joven acusado en una causa por drogas

El muchacho hace changas como "trapito" y se encuentra en situación de calle, por lo cual Martínez de Giorgi rechazó el pedido de libertad condicional entendiendo que podría eludir nuevas citaciones a los tribunales

Los camaristas fallaron al revés, ante una apelación de la defensora oficial Perla Martínez de Buck, y consideraron que el "contexto económico social desventajoso" del joven no demuestra "un comportamiento deliberado"

"La privación de la libertad estaría reposando en una desafortunada y contingente vulnerabilidad social, que sólo contribuiría a incrementarla, y que desacertadamente posiciona al imputado frente al deber de justificar una realidad material no elegida"


"el derecho de permanecer en libertad durante el proceso, basado fundamentalmente en el principio
de inocencia del que goza todo imputado, sólo puede ceder frente a la necesidad de garantizar la actuación de la ley penal"

"Al no haberse verificado la existencia de riesgos procesales de una entidad tal que no puedan ser neutralizados de un modo menos lesivo, concluimos que el encierro preventivo luce injustificado", sostuvieron los jueces

De todos modos, recomendaron al juez de instrucción que al joven
le imponga algún tipo de caución o lo obligue a presentarse al juzgado periódicamente

http://www.elargentino.com/nota-137784-Procesados-sin-techo-gozaran-de-libertad-condicional.html


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