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La Cámara Civil y Comercial
fijó un plazo de tres años para la adecuación de las inversiones del
Grupo Clarín. El juez Alberto Carbone había sido el autor de la cautelar
que suspendió el artículo 161 de la Ley 26.522
En los fundamentos, el
camarista Francisco de las Carreras asegura que ese artículo
–de una ley
debatida y votada en el Congreso– es sorpresivo, breve y fatal
Pero
nunca explica por qué:
El magistrado replica los argumentos del
monopolio y asegura que:
“Sin embargo, resulta altamente conveniente
extremar el celo de este tipo de cuestiones alejando cualquier duda o
sospecha de que mediante la utilizaciones de instrumentos legales que se
presentan como legítimos, se pretende avasallar el derecho de propiedad
de los medios de comunicación y con ello la difusión de la información y
la libre expresión de ideas”
Apelación. El Ejecutivo apelará y el caso
llegará a la Corte Suprema de Justicia
Primero, porque se trata de una
medida cautelar, con lo cual el fallo afirma cosas que no están
probadas
Segundo, porque cuestiona una ley que no fue impugnada
Parece
mentira: así las cosas, el juez Carbone podría mantener la cautelar
vivita y coleando hasta el 17 de diciembre de 2013 sin un fallo; y la
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se quedaría sin un tema
decisivo, como es el de terminar con la concentración de licencias
http://sur.elargentino.com/notas/asi-son-los-medios-concentrados
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