Un nudo central de la economía:
el abuso de la posición dominante
de monopolios y oligopolios
Las
tensiones en los precios se reconocen
en la revitalizada puja
distributiva,
en la disputa por el reparto de la riqueza entre el
capital y el trabajo
Esta es la principal fuente inflacionaria desde
2007,
además de otras vinculadas con el sector externo
por la
devaluación de la moneda y la suba
de los precios internacionales de las
materias primas
El comportamiento de los oligopolios
no explica la
variación de precios,
pero sí la suba en los niveles de precios
Lo que
termina exacerbando la puja distributiva
además de afectar la
competitividad de la economía,
en especial la de las pequeñas y medianas
empresas
“Existen quejas concretas de pymes que terminan
siendo perjudicadas cuando hacen denuncias
sobre prácticas dominantes de grandes empresas monopólicas
en la producción de insumos básicos y en productos de la canasta familiar,
y son castigadas cortándoles el crédito, algo que pasa en toda la cadena de valor,
desde la producción hasta terminar en los grandes supermercados”
Las prácticas más conocidas ejercidas por grupos dominantes
sobre las pymes no son denunciadas por miedo al castigo
del más fuerte sobre el más frágil,
y por la debilidad institucional para controlar y sancionar los abusos
Algunas situaciones desplegadas en actividades con preeminencia
de una o pocas grandes compañías son habituales generando
estrangulamiento patrimonial en pymes
Los casos más conocidos, aunque no difundidos, son:
Empresas con posición dominante
en la producción
de insumos básicos y difundidos
Eslabones sensibles de la cadena productiva
(chapa, acero, plásticos, aluminio, químicos, petroquímicos, energía, papel)
Fijan precios discrecionales, formas de pago de contado anticipado
y hasta en algunos casos entrega de insumos condicionados
a imposición de precios del producto final para algunas industrias
(por ejemplo, envases para distintos alimentos y lácteos)
También definen acuerdos globales entre multinacionales
en detrimento de proveedores nacionales
Estas últimas firmas no tienen alternativa porque el espacio
de desarrollo de su actividad está ocupado por monopolios u oligopolios
Grandes compañías de la industria
de alimentos y de productos de limpieza y tocador
Son líderes en el mercado de consumo masivo
con muchas marcas muy conocidas, además de tener un muy fuerte poder
de penetración en la sociedad debido a que integran el lote
de los mayores inversores en campañas de publicidad
Aunque parezca extraño, son los que fijan los precios
de los productos de la competencia pues los mayoristas y supermercados
venden a los valores que les imponen como condición para tener en las góndolas
la amplia canasta de productos de las marcas líderes
Esos precios en góndolas son más elevados
que los de las grandes firmas multinacionales,
lo que permite reforzar su posición dominante
Supermercados
Exigen la entrega de productos en consignación,
concretan los pagos a plazos de 60 y 90 días,
definen posiciones inferiores en las góndolas según
el tipo de negociación con los proveedores,
obran por ubicación de los productos en las góndolas
Las grandes marcas pagan lo que se denomina punta de góndola,
mayor costo que trasladan en el precio final al consumidor
Esas empresas también pagan a los supermercados
para desplazar a las pymes de las mejores góndolas
El desarrollo de grandes compañías
con una influencia
cada vez mayor en los mercados
forma parte de la evolución
del capital en la economía global
La debilidad normativa (Poder Legislativo),
institucional y de intervención (Ejecutivo y Judicial)
para limitar esos abusos es el factor que diferencia
la participación de los monopolios y oligopolios
en la economía argentina en comparación con otras
Dos casos son emblemáticos de esa debilidad estatal
para evitar excesos de grandes grupos económicos
Uno es el del cartel del cemento
(Loma Negra, Juan Minetti, Cemento Avellaneda,
Cemento San Martín y Petroquímica Comodoro Rivadavia),
que hace casi diez años fue sancionado con una multa por 310 millones de pesos,
que recién la Corte Suprema convalidó en mayo pasado, y aún no han abonado,
además de que no hubo medidas administrativas para desarticularlo
El otro caso es más difundido porque forma parte
de una intensa disputa político-mediática:
la resistencia del principal grupo económico
dueño de medios de comunicación (Clarín)
a la desconcentración dispuesta por una ley
que cumplirá cuatro años de aprobada por amplia mayoría
Diferentes niveles del Poder Judicial
han avalado la estrategia dilatoria
de la compañía para eludir la ley
Animar a las pymes a no tener miedo para denunciar
el abuso de la posición dominante requiere de nuevas herramientas
de intervención del sector público para que sea efectiva esa convocatoria
Una de ellas es la creación de la figura
del fiscal de defensa de la competencia
Una de sus facultades sería la de accionar de oficio resguardando
la identidad de la pyme perjudicada, evitando así represalias
de los monopolios u oligopolios al denunciante
Como antecedente, en Chile ese rol lo cumple la Fiscalía Nacional Económica
Como antecedente, en Chile ese rol lo cumple la Fiscalía Nacional Económica
como órgano encargado de combatir conductas que afectan la competencia
Hubo un proyecto de ley creando el papel del fiscal
Hubo un proyecto de ley creando el papel del fiscal
de defensa de la competencia, aprobado en Diputados en mayo de 2009
por 158 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones,
pero que no fue tratado posteriormente por el Senado
perdiendo estado parlamentario
El hecho notable es que fue un proyecto que reproducía otro que también
tuvo media sanción por unanimidad en Diputados en julio de 2006
y luego no fue tratado en el Senado, presentado por las entonces
diputadas Patricia Vaca Narvaja (actual embajadora argentina en México)
y Mercedes Marcó del Pont (presidenta del Banco Central)
Entre las atribuciones del fiscal de defensa de la competencia
se definía su autoridad para denunciar e iniciar el procedimiento
de investigación de conductas anticompetitivas, y la capacidad de recibir
denuncias de cualquier persona física o jurídica, pública o privada,
e iniciar el caso preservando la identidad del denunciante
Para esa tarea estaría en condiciones de realizar estudios de mercado
con capacidad de exigir documentación y colaboración de particulares,
autoridades nacionales, provinciales y municipales,
y asociaciones de defensa de consumidores
Podría realizar pericias sobre libros y documentos de compañías investigadas,
además de controlar existencias, orígenes y costos de materias primas
u otros bienes sensibles de la cadena productiva
También tendría participación en los procedimientos
de aprobación de operaciones de concentración económica
accediendo a la documentación del expediente,
pudiendo plantear su opinión respecto de los efectos
de la transacción en la competencia del mercado
El fiscal podría requerir además el dictado de las medidas preventivas,
por ejemplo ordenar la aplicación de multas y el cese de la conducta
evaluada como abuso de posición dominante
Perder el miedo a las represalias de monopolios u oligopolios
que abusan de su posición dominante necesita de la protección del Estado
a las pymes afectadas a través de la Comisión de Defensa de la Competencia
Para agilizar el trabajo
de esa dependencia pública,
un fiscal de defensa de la competencia sería
un primer escudo en esa pelea desigual
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