miércoles, 29 de junio de 2011

El Senado aprobó la ley de producción de medicamentos

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La Cámara alta votó por unanimidad

Convirtió en ley el proyecto que promueve la investigación y producción de medicamentos,
vacunas y productos médicos en laboratorios públicos a cargo de entes público y autónomos




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En la misma sesión, le otorgó media sanción al proyecto de asistencia integral a personas con enfermedades poco frecuentes y establece que quienes las padecen deberán recibir cobertura asistencial por parte de las obras sociales del Poder Judicial de la Nación, del Congreso, de las entidades de medicina prepaga y de parte de cualquiera que brinde atención al personal de las universidades

El titular del bloque oficialista, Miguel Pichetto, afirmó que la producción de medicamentos

"forma parte de la política de Estado alentada por el gobierno nacional"

al tiempo que destacó el conjunto de normas
que el Congreso sancionó en torno de temas vinculados a la salud

Recordó las leyes sobre prepagas,
de salud mental, de celíacos; la ley antitabaco y las de enfermedades poco frecuentes
 
El radical Gerardo Morales, el socialista Rubén Giustiniani, los oficialistas Eric Calcagno, Liliana Fellner, Lucía Corpacci, así como Horacio Lores y en particular el titular de la Comisión de Salud y Deporte, el tucumano José Cano, respaldaron el proyecto, y asociaron la iniciativa a los proyectos impulsados en su momento por el presidente Juan Domingo Perón, en la década del 40, y Arturo Illia en el 60






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La nueva ley declara "de interés nacional"

la investigación y producción en laboratorios públicos de medicamentos,
materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos y:

"establece que estos productos son bienes sociales"

El propósito de la iniciativa es la fabricación a cargo del Estado de medicinas que la Nación distribuye
a través del Plan Remediar a un costo menor que el del mercado, y contempla la participación de las universidades en la investigación de los productos y al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación de la norma

Sostiene además que son considerados laboratorios de producción pública los laboratorios del Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las Fuerzas Armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal, y considera que la producción pública será de utilidad para la regulación de los precios del mercado de las vacunas y medicamentos









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